Organizaciones y consumidores se organizan hacia un consumo libre de prejuicios e impulsan la marihuana como una alternativa medicinal

Marcos Muedano Hernandez y Patricia Carrasco

El llamado olor pasto o petate quemado, hasta hace unos años poco frecuente en calles, avenidas o espacios públicos, se ha vuelto común entre millones de personas consumidoras de marihuana y no consumidoras, quienes han comenzado a normalizar una adicción de la cual se desconoce su magnitud ante vacíos legales y una muy lejana Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco (Encodat) publicada en el 2017 que establezca los niveles de consumo a nivel nacional.

El último levantamiento de información, supuestamente se realizó en 2023, sin embargo, los datos obtenidos por el Consejo Nacional de Humanidades, Ciencia y Tecnología (Conahcyt) no permiten su comparación con encuestas anteriores, por lo cual se volverá a realizar.

La información obtenida en la Encodat 2017, aplicada a 56 mil 877 personas de 12 a 65 años, revelaron un consumo alguna vez en la vida en el 8.6 por ciento de los encuestados. Además 2.1 por ciento (aproximadamente 1.8 millones de personas) respondieron haberla consumido en el último año.

En comparación a los resultados obtenidos en 2011, los registros mostraron un aumento en el consumo de la hierba alguna vez en la vida de los encuestados al pasar de 6 por ciento a 8.6 por ciento; mientras que en el último año creció de 1.2 a 2.1 por ciento. El consumo en el último se elevó de 0.6 a 1.2 por ciento. El incremento más notable fue en mujeres, duplicándose la prevalencia alguna vez de 1.6 a 3.7 por ciento.

En el limbo las disposiciones legales
La información publicada en 2017 no permite dimensionar el consumo actual, el cual posiblemente ha variado a partir de cambios a las leyes iniciados en marzo de 2021, cuando la Cámara de Diputados aprobó reformas a distintos artículos de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal, entre los cuales se encuentra la despenalizan por la posesión de hasta 28 gramos del enervante.

En caso de detenciones por poseer hasta 200 gramos se aplican multas de 60 a 120 veces el valor de la unidad de medida y actualización (UMA), solo si no se acredita la figura de delincuencia organizada o su venta.

La posesión de cantidades mayores (200 gramos y hasta cinco kilogramoss 600 gramos) establecen sanciones de tres años de prisión. De cinco kilogramos 600 gramos en adelante los infractores son acreedores a 15 años en caso de comprobarse su producción, transporte, tráfico, comercio o suministro, aunque sea de forma gratuita.

Las modificaciones facultan a la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) para determinar las limitaciones, así como prohibiciones totales o parciales, en la adquisición, posesión y consumo de la marihuana en personas mayores de 18 años y menores de 25 años.

Según los cambios, se estableció la solicitud de una licencia, la cual debe ser renovada anualmente para cultivar y poseer seis plantas de marihuana en casa, y aumentar a ocho en caso de habitar en el mismo lugar otra persona consumidora.

La autorización incluye revisiones. En caso de no permitirlas se contemplan multas de hasta 27 mil pesos y se le cancelará el permiso la cancelación del permiso. En el caso de los clubes de cannabis están obligados a constituirse con un mínimo de dos y máximo de 20 personas mayores de edad. Solo tienen autorizado cultivar hasta cuatro plantas por integrante, sin exceder las 50 matas.

Tres meses después de las modificaciones aprobadas por la Cámara de Diputados, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó inconstitucional la prohibición del uso lúdico de la marihuana en México y ordenó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) a emitir permisos para consumir y portar marihuana, institución que ha recibido 21 mil 64 solicitudes de permisos entre 2021 y octubre de 2024 y solo ha autorizado seis mil 992.

El proyecto aprobado por la SCJN no autorizó en ningún caso “importar, comerciar o suministrar”. Además, las normas, aclararon, estarían vigentes hasta su legislación en el Congreso. En diciembre de ese mismo año, la SCJN emitió una jurisprudencia en contra de la prohibición absoluta de la marihuana para uso lúdico, lo que permitiría sembrar, cultivar y cosechar cannabis para otros fines que no sean médicos. Al hacerlo solicitó a la Cámara de Diputados legislar el tema. Sin embargo, hasta el momento, las diputadas y diputados no lo han hecho.

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